Capitán / Patrón
Si has llegado hasta aquí, probablemente te interesa convertirte en capitán de barco, o ya lo eres y estás buscando mas información sobre las distintas atribuciones y títulos
Estás en el lugar adecuado, ya que en este apartado exploraremos las diversas titulaciones disponibles, desde embarcaciones de recreo hasta programas universitarios especializados y ciclos formativos, brindándote una visión detallada de las opciones educativas y sus distintas salidas profesionales.
En este contexto, el concepto de capitán es muy amplio, adaptándose a las necesidades de la navegación recreativa y la marina mercante e incluso el ámbito militar, con variaciones sustanciales entre países. Observarás que en ciertos contextos se emplean indistintamente los términos «capitán» y «patrón», aportando complejidad léxica al ámbito marítimo.
Acompáñanos mientras desglosamos los requisitos y procedimientos para obtener estas titulaciones, así como las perspectivas laborales que se despliegan en este exigente pero apasionante campo. Nuestra meta es proporcionarte la información más actualizada y relevante para tu travesía hacia una carrera exitosa como capitán. A continuación tienes una tabla de contenido que te va a permitir ir directamente a aquellos apartados que mas te interesen.
Tabla de contenidos
El concepto de capitán y patrón en la legislación de España
De acuerdo con el Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, que regula los títulos profesionales y la competencia de la Marina Mercante, según el artículo 4, inciso g, se define al capitán como la persona que ostenta el mando y la dirección del buque. Asimismo, tiene la responsabilidad de liderar la dotación, representa a bordo la autoridad pública y ejerce las demás facultades que le atribuya la legislación vigente.
Este mismo decreto define los distintos títulos que la normativa española ha creado de acuerdo a los distintos acuerdos internacionales como el STCW y el SOLAS.
Requisitos Generales para oficiales del Departamento de Puente y Cubierta
Para la expedición de cualquier título profesional del departamento de puente y cubierta, según la normativa, se requiere contar con certificados de suficiencia y título de competencia, que incluyen formación en seguridad, supervivencia, técnicas de lucha contra incendios, formación sanitaria avanzada, y ser Operador General del SMSSM. Concretamente los siguientes cursos:
- formación básica en seguridad
- embarcaciones de supervivencia y botes de rescate no rápidos
- avanzado en técnicas de lucha contra incendios
- formación sanitaria específica avanzada
- Operador General del SMSSM
Capitán de la Marina Mercante
El título de Capitán de la Marina Mercante es un logro destacado que implica cumplir con requisitos específicos y demostrar competencia en el ámbito marítimo. A continuación, detallamos los requisitos establecidos en el Real Decreto 269/2022 para obtener la tarjeta profesional de Capitán.
El camino para convertirse en Capitán de la Marina Mercante implica cumplir con requisitos académicos, experiencia en el mar y demostrar competencia en las normativas marítimas. Este título confiere atribuciones importantes para ejercer funciones de liderazgo a bordo de buques civiles en diversas condiciones de navegación.
Capitán de la Marina Mercante: Obtención de la Tarjeta Profesional:
La tarjeta profesional de Capitán se emite conforme a la regla II/2.2 del Convenio STCW, aplicable a buques de arqueo bruto igual o superior a 3.000. Los requisitos específicos incluyen:
- a) Título académico de Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo, o título de grado más un título de máster reconocidos en este ámbito, o título de Diplomado en Navegación Marítima más un título de máster reconocido.
- b) Poseer el título profesional de Piloto de Primera o Segunda Clase de la Marina Mercante y aprobar la prueba de idoneidad profesional según el artículo 13.2.b).2.º
- c) Acreditar un periodo de embarco de 36 meses como oficial de puente y cubierta, reducible a 24 meses con ejercicio como capitán o primer oficial de puente y cubierta durante al menos 12 meses, en buques de arqueo bruto igual o superior a 500.
Proceso de Obtención según el Artículo 13.2.b).2.º:
El artículo 13.2.b).2.º hace referencia al piloto de la marina mercante y detalla que el aspirante al título de Capitán debe tener el título académico requerido y haber ejercido como oficial de puente y cubierta durante 12 meses en buques de arqueo bruto igual o superior a 500. Además, se debe superar la prueba de idoneidad profesional según las normas de competencia de la sección A-II/2 del Código STCW.
Capitán de Pesca
Para obtener el título de Capitán de Pesca, se requiere estar en posesión del título de patrón de altura o patrón de pesca de altura. Además, es necesario contar con un impreso oficial emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC), que certifique la aptitud psicofísica conforme a los estándares para la expedición del permiso de conducir. Este requisito puede ser eximido si el interesado presenta el certificado médico especificado en el artículo 13 del Real Decreto 36/2014.
Además se exige haber cumplido 600 días de embarque como capitán u oficial de puente en buques de pesca con una eslora superior a treinta metros. De estos, al menos 300 días deben realizarse después de obtener el título de Patrón de Altura o Patrón de Pesca de Altura, a bordo de buques de pesca nacionales o de aquellos registrados por sociedades contempladas en el Registro según el Real Decreto 601/1999.
Aparte de los requisitos anteriores, se debe aprobar un examen específico para obtener el título de Capitán de Pesca.
Atribuciones del título de Capitán de Pesca
- Mando sin Limitaciones: Una vez obtenido el título, el Capitán de Pesca está facultado para asumir el mando de buques de pesca de cualquier clase, sin restricciones de eslora ni de distancia a la costa.
- Rol como Oficial de Puente: Adicionalmente, el Capitán de Pesca puede enrolarse como primer oficial u oficial de puente en buques de pesca de cualquier clase, ampliando sus posibilidades de participación en diversas funciones a bordo.
Patrón de altura
El título de Patrón de Altura de la Marina Mercante confiere atribuciones clave para oficiales de puente y cubierta en diversos tipos de buques. A continuación, detallamos los requisitos establecidos en el Real Decreto 269/2022 para obtener la tarjeta profesional de Patrón de Altura.
Obtener la tarjeta de Patrón de Altura abre oportunidades para desempeñar roles clave a bordo de diferentes tipos de buques, requiriendo una combinación de formación académica, experiencia en el mar y superación de pruebas de competencia profesional.
Requisitos Específicos para la Obtención de la Tarjeta Profesional de Patrón de Altura de la Marina Mercante
La tarjeta profesional de Patrón de Altura se expide conforme a las reglas II/1, II/2.3 y II/3 del Convenio STCW, abarcando diferentes categorías de buques según su arqueo bruto. Los requisitos específicos incluyen:
- a) Título académico de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura o equivalente reconocido.
- b) Edad mínima de 18 años.
- c) Embarco de 12 meses, con al menos 6 como alumno de puente y cubierta, desempeñando cometidos relacionados con la guardia de navegación.
- d) Superación de la prueba de idoneidad profesional según las normas de competencia del Código STCW.
Atribuciones del Patrón de Altura:
La tarjeta de Patrón de Altura confiere diversas atribuciones, permitiendo al titular desempeñarse en roles como:
- a) Oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 3.000.
- b) Capitán y primer oficial de puente y cubierta en navegaciones próximas a la costa, en buques civiles de arqueo bruto inferior a 500 y con hasta 350 pasajeros.
- c) Primer oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 3.000, con experiencia en buques mercantes de arqueo bruto igual o superior a 500.
- d) Oficial de puente y cubierta en buques civiles sin limitación, con experiencia en buques mercantes de arqueo bruto igual o superior a 500.
- e) Capitán en buques civiles de arqueo bruto inferior a 1.600, con requisitos específicos de edad y experiencia detallados en el artículo 15.
Además, de acuerdo con el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero:
- a) Ejercer como primer oficial o como oficial de puente en buques pesqueros sin limitación alguna.
- b) Ejercer como capitán o patrón en buques de pesca de eslora no superior a 50 metros, siempre que, además de los requisitos establecidos, haya cumplido un periodo de embarque no inferior a 12 meses como oficial encargado de la guardia de navegación o patrón en buques de pesca de eslora no inferior a 18 metros. En el caso de que el citado período de embarque sea realizado en buques de eslora superior a 12 metros pero inferior a 18, sólo podrá ejercer de capitán en buques de pesca de eslora no superior a 30 metros.
Patrón de litoral
El título de Patrón de Litoral de la Marina Mercante brinda oportunidades para desempeñar funciones importantes en buques de menor arqueo bruto. A continuación, presentamos los requisitos detallados en el Real Decreto 269/2022 para obtener la tarjeta profesional de Patrón de Litoral.
El proceso para obtener la tarjeta de Patrón de Litoral implica cumplir con requisitos educativos, experiencia en el mar y superación de pruebas de competencia profesional. Esta tarjeta habilita al titular para desempeñar roles cruciales en buques de menor arqueo bruto, contribuyendo a la seguridad y eficacia de la navegación en aguas litorales.
Requisitos Específicos para la Obtención de la Tarjeta Profesional de Patrón de Litoral de la Marina Mercante
La tarjeta de Patrón de Litoral se expide conforme a las reglas II/1 y II/3 del Convenio STCW, aplicables a buques con arqueo bruto superior e inferior a 500. Los requisitos específicos incluyen:
- a) Título académico de Técnico en Navegación y Pesca de Litoral o equivalente reconocido.
- b) Edad mínima de 18 años.
- c) Embarco de 12 meses, con al menos 6 como alumno de puente y cubierta, participando en tareas relacionadas con la guardia de navegación.
- d) Superación de la prueba de idoneidad profesional según las normas de competencia de las secciones A-II/1 y A-II/3 del Código STCW.
Atribuciones del Patrón de Litoral
La tarjeta de Patrón de Litoral otorga al titular diversas atribuciones, permitiéndole ejercer roles como:
- a) Oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 1.600.
- b) Capitán y primer oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 200, con hasta 250 pasajeros, en navegaciones próximas a la costa, acreditando un periodo de embarco de 12 meses en buques mercantes específicos.
- c) Capitán y primer oficial de puente y cubierta en buques civiles de arqueo bruto inferior a 500, en navegaciones próximas a la costa, con requisitos detallados de experiencia en buques mercantes.
Además, de acuerdo con el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero:
- a) Ejercer como oficial o primer oficial en buques de pesca de eslora no superior a 50 metros.
- b) Ejercer como capitán o patrón en buques de pesca de eslora no superior a treinta metros, dentro de la zona comprendida los paralelos 52 ºN y 10 ºN y los meridianos 32 ºO y 30 ºE; siempre que haya cumplido un periodo de embarque no inferior a 12 meses como oficial encargado de la guardia de navegación o patrón en buques pesqueros de eslora no inferior a 12 metros.
Patrón Costero Polivalente
Para acceder al título de Patrón Costero Polivalente, se requiere haber cumplido 18 años y presentar un impreso oficial de aptitud psicofísica, expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC). La presentación del certificado médico contemplado en el artículo 13 del Real Decreto 36/2014 puede eximir del requisito del impreso.
Es necesario superar un examen que incluya, al menos, las materias establecidas en el anexo I del Real Decreto 36/2014, reflejando los conocimientos mínimos requeridos según la regla II/3 del anexo al Convenio STCW.
Periodo de embarque necesario para obtener el título de Patrón Costero Polivalente
Se exige haber prestado servicio en la sección puente de buques pesqueros con una eslora no inferior a 12 metros durante un periodo de embarque de al menos dos años. Este periodo puede ser sustituido por un año de formación especial o por un registro aprobado según el Convenio de Formación, 1978.
Además, se debe realizar un periodo de embarque de 6 meses en el servicio de máquinas de un buque civil, y el cómputo del periodo de embarque de dos años acepta hasta dieciocho meses previos al examen, debiendo el resto ser posterior a la superación del mismo.
Atribuciones del Patrón Costero Polivalente
- Funciones en la Navegación: El poseedor del título puede enrolarse como primer oficial u oficial encargado de la guardia de navegación en buques dedicados a la pesca litoral.
- Responsabilidades en la Maquinaria: También puede enrolarse como primer oficial de máquinas en buques pesqueros de potencia inferior a 750 kW, asumiendo la responsabilidad de la guardia de máquinas.
- Capitanía y Jefatura de Máquinas: El Patrón Costero Polivalente tiene la facultad de ejercer como capitán o patrón, así como jefe de máquinas, en buques de hasta 24 metros de eslora y 400 kilovatios de potencia efectiva de la máquina. Esta autorización se aplica a la pesca costera de litoral, hasta una distancia de 60 millas de la costa, con el requisito de haber cumplido un periodo de embarque no inferior a 12 meses como oficial encargado de la guardia de navegación o patrón en buques pesqueros de eslora no inferior a 12 metros.
- Jefatura de Máquinas en buques de menor potencia: Adicionalmente, puede asumir la jefatura de máquinas en buques de pesca con potencia propulsora no superior a 550 kilovatios.
Patrón Portuario
El título de Patrón Portuario confiere atribuciones cruciales para el desempeño de funciones en buques civiles en áreas portuarias y marítimas. Vamos a explorar los requisitos detallados en el Real Decreto 269/2022 para obtener la tarjeta profesional de Patrón Portuario y las competencias asociadas.
El título de Patrón Portuario ofrece oportunidades para desempeñar roles esenciales en áreas portuarias y marítimas. La combinación de formación, experiencia y competencia profesional asegura un desempeño efectivo y seguro en estas responsabilidades marítimas específicas.
Requisitos para la Obtención de la Tarjeta Profesional de Patrón Portuario
Para obtener la tarjeta de Patrón Portuario, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- a) Acreditar formación específica, que puede ser obtenida a través de un curso aprobado por el Director General de la Marina Mercante, un título de formación profesional, un curso de especialización o certificados de profesionalidad.
- b) Tener al menos 20 años de edad, o 19 si se posee un título o curso de especialización de formación profesional.
- c) Completar un periodo de embarco de 12 meses como marinero, con 6 meses en el departamento de puente y cubierta y 6 en el de máquinas.
- d) Superar el examen de aptitud profesional después del periodo de embarco.
- e) Poseer la tarjeta profesional de Operador Restringido del SMSSM y certificados de suficiencia en formación básica en seguridad y formación sanitaria específica inicial.
- f) Mantener vigente el certificado médico de aptitud física.
Los poseedores de tarjetas profesionales reguladas en los artículos 12 a 16 de la citada ley pueden solicitar la expedición de la tarjeta de Patrón Portuario, cumpliendo con requisitos específicos.
Atribuciones del Patrón Portuario
La tarjeta profesional de Patrón Portuario otorga al titular diversas atribuciones, permitiéndole ejercer como:
- a) Patrón en buques civiles de arqueo bruto inferior a 100 que realicen navegaciones cercanas a puertos españoles y transporten hasta 150 pasajeros.
- b) Capitán y oficial de puente y cubierta en buques civiles con ciertos límites y condiciones.
Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo [PPER]
El certificado de Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo es clave para aquellos que desean gobernar embarcaciones de recreo profesionalmente en aguas españolas. Vamos a explorar las atribuciones, requisitos y procesos de obtención y revalidación establecidos por el Real Decreto 269/2022.
Certificación y Atribuciones del PPER
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Los poseedores del certificado pueden gobernar embarcaciones de recreo bajo ciertas limitaciones, dependiendo de las zonas y condiciones de navegación.
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Atribuciones incluyen:
a) Navegación a lo largo de la costa y en cabotaje, dentro de ciertas millas paralelas a la costa, según la categoría de navegación.
b) Instructor en prácticas básicas de seguridad y navegación para la obtención de otros títulos.
Requisitos para Obtener el Certificado de PPER
Cumplir requisitos específicos, incluyendo:
- a) Tener al menos 20 años de edad.
- b) Poseer el título de Capitán de Yate.
- c) Registrar al menos 50 días y 2,500 millas de navegación, incluyendo travesías específicas.
- d) Poseer la tarjeta profesional de Operador General o Restringido del SMSSM.
- e) Contar con certificados de formación en seguridad y sanitaria.
- f) Mantener vigente el certificado médico de aptitud física.
- g) Superar prueba de conocimientos determinada por la Dirección General de la Marina Mercante. La prueba de conocimiento se llevará a cabo según la resolución del Director General de la Marina Mercante, publicada anualmente, estableciendo la estructura, contenido y requisitos para el examen.
- h) Para la segunda categoría, acreditar un periodo de embarco de al menos 24 meses como Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo.
Se otorgará directamente el certificado con atribuciones de primera o segunda categoría a ciertos titulares de otros títulos profesionales o miembros de la Armada, según requisitos.
Validez y Revalidación del PPER
El certificado tiene una validez de 5 años y debe revalidarse después de este periodo.
Patrón Local de Pesca
Para acceder al título de Patrón Local de Pesca, se requiere haber cumplido los 18 años y presentar un impreso oficial de aptitud psicofísica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC). Este requisito puede ser eximido si el interesado cuenta con el certificado médico establecido en el artículo 13 del Real Decreto 36/2014.
Examen y Conocimientos Específicos
Se debe superar un examen que abarque, al menos, las materias detalladas en el anexo II del decreto.
El aspirante debe haber prestado servicio en buques pesqueros o auxiliares de pesca o acuicultura durante un periodo de dieciocho meses. De estos, al menos 6 meses deben realizarse en la sección de puente de buques pesqueros después de aprobar la prueba de aptitud. Los 12 meses restantes pueden llevarse a cabo previamente a la prueba, con al menos 6 meses en la guardia de máquinas.
Atribuciones del Patrón Local de Pesca
- Capitanía y Jefatura de Máquinas: El titular del título puede ejercer como capitán o patrón, así como jefe de máquinas, en buques de pesca de hasta 12 metros de eslora entre perpendiculares y con una potencia no superior a 100 kilovatios. Esta autorización se limita a una distancia no superior a 12 millas de las líneas de base definidas según la Ley 10/1977 sobre mar territorial, cuya delimitación se encuentra en el Real Decreto 2510/1977, de 5 de agosto.
- Jefatura de Máquinas Específica: Adicionalmente, el Patrón Local de Pesca puede desempeñar la función de jefe de máquinas en buques de pesca con una potencia no superior a 180 kW.
Patrón Profesional de Instalaciones y Dársenas Portuarias
El certificado de Patrón Profesional de Instalaciones y Dársenas Portuarias es esencial para aquellos que buscan ejercer el gobierno de buques en áreas portuarias específicas. Exploraremos los requisitos y atribuciones establecidos por el Real Decreto 269/2022 para la obtención y revalidación de este certificado.
Requisitos para Obtener el Certificado de Patrón Profesional de Instalaciones y Dársenas Portuarias
El certificado se expide por las capitanías marítimas y requiere cumplir con los siguientes requisitos:
- a) Tener al menos 20 años de edad.
- b) Haber completado el curso para obtener el certificado de suficiencia de Marinero de Puente.
- c) Poseer el certificado de suficiencia de formación básica en seguridad.
- d) Acreditar un mes de embarco como marinero de puente y cubierta en remolcadores de puerto o en buques auxiliares o de servicios portuarios, que operen en zonas específicas de un puerto.
- e) Mantener vigente el certificado médico de aptitud física.
Revalidación del Certificado
Para la revalidación, se requiere tener en vigor el certificado médico de aptitud física y acreditar un periodo de embarco de 3 meses en los últimos 5 años en cualquier posición del departamento de puente y cubierta de buques civiles.
Atribuciones del Certificado
El certificado otorga al titular las atribuciones para gobernar buques de eslora igual o inferior a 8 metros con fines comerciales. Estos buques deben tener motores con una potencia igual o inferior a 75 kW, transportar no más de 12 pasajeros y operar exclusivamente dentro de las zonas delimitadas del puerto en el cual se completó el periodo de embarco requerido.
Patrón de Embarcaciones de Socorrismo en Playas
El certificado de Patrón de Embarcaciones de Socorrismo en Playas es esencial para aquellos que desean participar en operaciones de salvamento acuático en entornos costeros. Este artículo explora los requisitos y atribuciones establecidos por el Real Decreto 269/2022 para la obtención y revalidación de este certificado.
Requisitos para Obtener el Certificado
El certificado se expide por las capitanías marítimas y requiere cumplir con los siguientes requisitos:
a) Haber alcanzado la mayoría de edad, es decir, tener al menos 18 años.
b) Poseer un certificado de profesionalidad de la familia profesional marítimo pesquera sobre Gobierno de embarcaciones y motos náuticas destinadas al socorrismo acuático.
c) Estar en posesión del certificado de suficiencia de formación básica en seguridad.
d) Mantener vigente el certificado médico de aptitud física.
Revalidación del Certificado
Para la revalidación, se requiere tener en vigor el certificado médico de aptitud física y acreditar un periodo de embarco de 2 meses en los últimos 5 años en cualquier posición del departamento de puente y cubierta de cualquier tipo de buque civil.
Atribuciones
El certificado otorga al titular las atribuciones para gobernar embarcaciones dedicadas al salvamento, siempre que cumplan con ciertos criterios:
a) Eslora igual o inferior a 10 metros.
b) Potencia adecuada a la embarcación.
c) Operación hasta una distancia máxima de la costa de 2 millas.
Trabajar en España con títulos de recreo (PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate)
Desde el 2019 en España es posible trabajar profesionalmente al poseer titulaciones de recreo mediante una serie de habilitaciones anejas a las titulaciones españolas de recreo.
Las habilitaciones anejas son extensiones de los títulos náuticos que permiten a los poseedores de ciertos títulos, como el de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo, realizar actividades específicas. Estas habilitaciones están regidas por el Real Decreto 238/2019.
Actividades permitidas con habilitaciones anejas
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Transporte de Suministros: Se permite transportar suministros dentro de aguas interiores marítimas y el mar territorial español hasta 5 millas desde el punto de salida.
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Operaciones en Puertos y Costas: Atraque, fondeo, remolque y desplazamiento de embarcaciones de recreo en puertos, puertos deportivos, marinas o playas, hasta 5 millas náuticas de la costa.
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Pruebas de Mar y Socorrismo:
– Realización de pruebas de mar para embarcaciones y motos náuticas.
– Gobierno de embarcaciones destinadas al socorrismo en playas. -
Excursiones Turísticas y Pesca Recreativa: Capitanes y patrones de yate pueden patronear embarcaciones de recreo transportando hasta 6 pasajeros para excursiones turísticas y pesca recreativa.
Ofertas de empleo para capitanes y patrones
A continuación puedes ver ofertas actualizadas para capitanes de los distintos ámbitos: